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LAS NUEVAS MEDIDAS COMPLEMENTARIAS AL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL PARA LOS PLANES DE ACOMPAÑAMIENTO DE LA PAC ENTRAN HOY EN VIGOR |
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EFEAGRO. 12/2/2004. Las nuevas medidas complementarias
al Programa de Desarrollo Rural para los planes de acompañamiento de
la Política Agrícola Común (PAC) entrarán en vigor mañana, día 13 de
febrero, según publica hoy el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Estas medidas, recogidas en un Real Decreto, se
refieren a la modificación del plan financiero de los siete años que
abarca el Programa, así como algunas medidas agroambientales. El texto
redistribuye las cantidades correspondientes a la indemnización
compensatoria en zonas desfavorecidas, cese anticipado de la actividad
agraria, medidas agroambientales y forestación de tierras, en función
de las ejecuciones efectivas realizadas entre 2000 y 2002 y de las
necesidades de futuro, con un presupuesto de 3.267,67 millones de
euros. La financiación comunitaria de las ayudas a las medidas agroambientales y a la indemnización compensatoria en determinadas zonas desfavorecidas será del 75 por ciento para las zonas de Objetivo 1 y del 50 por ciento para el resto. Eleva la tasa de cofinanciación de las medidas agroambientales en Canarias del 75 al 85 por ciento e introduce una nueva ayuda para la producción ecológica del plátano con una prima de 900 euros por hectárea. El aporte de la Unión Europea para cese anticipado y forestación de tierras agrícolas será del 65 por ciento en las zonas Objetivo 1 y del 40 por ciento para el resto. El Real Decreto explica que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación financiará el 50 por ciento de la parte no financiada con fondos comunitarios y las Comunidades Autónomas podrán complementar la parte no financiada por el Feoga y por el Estado.
El texto también establece la creación de un Comité de Seguimiento de las medidas de acompañamiento, compuesto por un presidente (el director general de Desarrollo Rural) y un vicepresidente (subdirector general de Apoyo a la Agricultura multifuncional). Serán vocales un representante por cada una de las unidades de gestión de la Subdirección General de Apoyo a la Agricultura Multifuncional, un representantes de la Subdirección General de Programas e Iniciativas Comunitarias, un representante por cada una de las Comunidades Autónomas y uno del Ministerio de Medio Ambiente y otro de Ciencia y Tecnología. Para obtener al completo este Real Decreto accede a: |