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Se amplía el plazo para la solicitud de la devolución de IEH a
agricultores y ganaderos hasta el 30 de junio
Tienen derecho a devolución
los agricultores y ganaderos que en ese periodo hayan tenido derecho al
gasóleo bonificado para uso agrícola y que efectivamente haya sido
empleado para tal fin
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Orden EHA/963/2007, de 13
de abril, por la que se amplía el plazo al que se refiere el artículo 1 de
la Orden EHA/276/2007, de 12 de febrero, por la que se establece el
procedimiento para la devolución extraordinaria de las cuotas del Impuesto
sobre Hidrocarburos soportadas por los agricultores y ganaderos por las
adquisiciones de gasóleo. (Ministerio de Economía y Hacienda, BOE núm. 90) |
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MAPA, 13 de abril de 2007.- El Boletín Oficial del Estado
publico el pasado sábado una
Orden del Ministerio de Economía y Hacienda por el que se amplia el plazo
para la solicitud de la devolución extraordinaria del Impuesto Especial de
Hidrocarburos a los agricultores y ganaderos hasta el próximo 30 de junio.
Esta devolución es la aplicación de la ley aprobada para compensar la
subida del precio del carburante. Se trata de una devolución
correspondiente a los consumos de un periodo concreto y cerrado (octubre
2005-septiembre 2006).
se devuelve?
Se devuelven las cuotas del Impuesto sobre Hidrocarburos satisfechas por
las adquisiciones de gasóleo bonificado entre el 1 de octubre de 2005 y el
30 de septiembre de 2006.
tiene derecho a la devolución?
Los agricultores y ganaderos que en ese periodo hayan tenido derecho al
gasóleo bonificado para uso agrícola y que efectivamente haya sido
empleado en la agricultura, horticultura, ganadería y silvicultura
(cultivo de los bosques o montes). Además, tienen que haber estado
inscritos en el Censo de Obligados Tributarios del Ministerio de Hacienda
como ganaderos o agricultores.
consumos dan derecho a devolución?
Los consumos para tractores y maquinaría agrícola empleados en la
agricultura, horticultura, ganadería y silvicultura.
se devuelve?
78,55 euros por cada mil litros consumidos.
hay que hacer para obtener la devolución?
Desde el 16 de febrero de 2007 y hasta el 30 de junio de 2007 se puede
presentar ante la Administración tributaria la "Solicitud de devolución
extraordinaria de las cuotas del Impuesto sobre Hidrocarburos para
agricultores y ganaderos por las adquisiciones de gasóleo".
La solicitud se presenta por internet (www.agenciatributaria.es) y debe
incluir el NIF, las matrículas de los vehículos en los que se ha utilizado
el gasóleo bonificado, el número de fabricación para el resto de la
maquinaria agrícola, el volumen de litros consumidos, fecha y número de
factura de cada operación y la cuenta donde debe mandarse la
transferencia.
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