El MAPA modifica el plazo de presentación de pago único con cargo a la reserva nacional para 2008  

Se establece entre el día 1 de febrero y el 30 de abril de 2008, en lugar del 1 al 30 de septiembre de 2007 con el fin de hacerlo coincidir con el plazo de presentación de las solicitudes de pagos directos para la campaña 2008/2009.


MAPA, 23 de agosto de 2007.- El plazo de solicitud de los derechos de pago único con cargo a la reserva nacional en 2008 se establece entre el día 1 de febrero y el 30 de abril de 2008, inclusive, con el fin de que coincida con el plazo de presentación de las solicitudes de pagos directos para la campaña 2008/2009, de conformidad con las Comunidades Autónomas y las entidades más representativas del sector.

El artículo 9 bis del Real Decreto 1617/2005, de 30 de diciembre, por el que se regula la concesión de derechos a los agricultores dentro del régimen de pago único establece el plazo comprendido entre el 1 y el 30 de septiembre del año anterior al de dicha solicitud única para solicitar derechos de pago único con cargo a la reserva nacional, que para 2008 sería del 1 al 30 de septiembre de 2007.

Con objeto de racionalizar y normalizar la aplicación del sistema de pago único y la concesión de derechos de la reserva para 2008 se hace necesario homogeneizar los plazos de presentación de la solicitud única con la de derechos con cargo a la reserva nacional.

La presente orden se dicta de acuerdo con la habilitación que establece la disposición final segunda del Real Decreto 1617/2005, de 30 de diciembre, por la que se faculta a la Ministra de Agricultura, Pesca y Alimentación, a modificar las fechas a las que se refiere dicho real decreto, así como los anexos.