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Tal como establece el Real Decreto sobe
la aplicación de los pagos directos a la agricultura y la ganadería
Finaliza el periodo de solicitud de las ayudas directas de la Política
Agrícola Común para el año 2008
Las ayudas
para la campaña 2008/2009 se comenzarán a abonar, una vez realizados los
correspodientes controles administrativos y de campo, a partir del 1 de
diciembre.
En el año 2007, el número de productores que presentaron solicitud única
fue de 892.498, siendo el importe de los pagos que recibirán por dichas
solicitudes de cerca de 5.000 millones de euros.
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MAPA,
30 de abril de 2008.- Tal como marca la normativa sobre la aplicación de los
pagos directos a la agricultura y la ganadería, finaliza hoy el periodo de
solicitud de las ayudas directas de la Política Agrícola Común para el año
2008, que deben presentarse ante las autoridades competentes de las
Comunidades Autónomas.
El periodo de solicitud que hoy finaliza, se inició, tal como establece la
norma, el 1 de febrero de 2008, por lo que los agricultores y ganaderos
han dispuesto de tres meses para poder presentar las solicitudes de ayuda
para la campaña 2008/2009, que se comenzará a abonar, una vez realizados
los correspondientes controles administrativos y de campo, a partir del
próximo 1 de diciembre.
No obstante la reglamentación comunitaria establece que se podrán
presentar solicitudes únicas en los 25 días naturales posteriores al día
30 de abril, pero a las mismas se las aplicará una penalización del 1% del
importe de las ayudas por día hábil de retraso.
En la campaña 2008, por primera vez, más de 20.000 productores recibirán
derechos de pago único derivados de la incorporación a dicho régimen del
sector de las frutas y hortalizas. Dichos productores, si no tenían
derechos de pago único establecidos en campañas anteriores, deben haber
presentado, junto a su solicitud única, una solicitud de admisión a dicho
régimen, ya que en caso contrario los derechos provisionales que se les
han comunicado no se transformarán en derechos definitivos.
La presentación de esta solicitud de admisión también cuenta con un plazo
extra de 25 días naturales posteriores al 30 de abril, si bien en este
caso la penalización por día hábil, sobre las ayudas derivadas del régimen
de pago único, es de un 3%.
Esta opción de presentar la Solicitud Única fuera de plazo no incluye a
las solicitudes a la reserva nacional de derechos de pago único, a las
comunicaciones de cesión de dichos derechos, ni a las alegaciones que
puedan haber presentado los agricultores a los derechos provisionales
derivados de la integración en el pago único del sector de las frutas y
hortalizas, trámites que se hacen conjuntamente con la Solicitud Única
pero para los que no está permitida la prorroga de 25 días con
penalización.
De acuerdo con la norma sobre aplicación de pagos directos a la
agricultura y la ganadería, se establece igualmente que las Solicitudes
Únicas ya presentadas podrán modificarse, en lo correspondiente a los
regímenes de ayuda por superficie, sin penalización alguna hasta el 31 de
mayo, no admitiéndose modificaciones con posterioridad a dicha fecha.
En el año 2007, el número de productores que presentaron solicitud única
fue de 892.498, siendo el importe de los pagos que recibirán por dichas
solicitudes de unos 5.000 millones de euros.
A continuación se resumen en un cuadro los trámites que finalizan el día
30 de abril y aquellos que cuentan con 25 días naturales posteriores a
dicha fecha, con penalización, para poder realizar la Solicitud ante la
autoridad competente correspondiente:
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Presentación hasta 30/4 |
Presentación 25 días posteriores |
Penalización por
retraso |
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Solicitud Única |
Sí |
Sí |
Sí (1% por día hábil) |
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Alegaciones Pago Único frutas y hortalizas |
Sí |
No |
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Solicitudes Reserva Nacional Pago Único |
Sí |
No |
|
|
Admisión Pago Único frutas y hortalizas |
Sí |
Sí |
Sí (3% por día hábil) |
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Cesiones de derechos (herencias, fusiones,....) |
Sí |
No |
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