MARM, 3 de
abril de 2009.-
El
Consejo de Ministros ha aprobado hoy un Real
Decreto por el que se establecen los
requisitos legales de gestión, y las buenas
condiciones agrarias y medioambientales que
deben cumplir los agricultores que reciban
pagos directos en el marco de la política
agraria común, y determinadas ayudas de
desarrollo rural, y los agricultores que
reciban ayudas en virtud de los programas de
apoyo a la reestructuración y reconversión y
a la prima por arranque del viñedo.
Se incorporan así las modificaciones
añadidas a las normas de la UE sobre la
condicionalidad desde diciembre de 2.004,
matizándose aspectos que se han ido
detectando en la aplicación diaria de este
régimen, para permitir un mayor margen de
flexibilidad a las Comunidades Autónomas
según sus condiciones agronómicas.
El nuevo Real Decreto incluye las
obligaciones que en materia medioambiental
deben cumplir los agricultores sujetos a
ciertos programas de mejora del medio
ambiente y del entorno natural, dentro del
marco de Desarrollo Rural, y las de los
viticultores sujetos a programas de
reestructuración y arranque.
También se establece que, en caso de que los
agricultores realicen infracciones leves, no
habrá reducciones, sino que serán sometidos
al oportuno seguimiento. Esto supone una
novedad para los agricultores españoles,
para los que significará un número mucho
menor de expedientes sancionadores y menores
descuentos en los pagos que reciben de la
PAC.
Además de eliminarse obligaciones
innecesarias, se concretan los artículos del
paquete de higiene que son de obligado
cumplimiento en la condicionalidad, y se
eliminan las normas de rotación de cultivos.
Dada su gran importancia, hay que destacar
que esta norma recoge la reforma aprobada
por el Consejo de Agricultura de la Unión de
Europea de 20 de noviembre de 2008 y
denominada el "Chequeo médico" de la PAC.
Este acuerdo satisface en gran medida las
posturas defendidas por España y lo
configura como un ejercicio de revisión y
consolidación de los pagos por la PAC.