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MARM, 29 de enero de 2010.- El Consejo de
Ministros ha aprobado hoy un Real Decreto sobre la aplicación en el año
2010 y 2011 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería.
Esta norma concreta las ayudas que pueden solicitar los agricultores
españoles en ese periodo y supone el último eslabón de la reforma
denominada "chequeo médico de la política agrícola común".
Las ayudas directas de la Política Agrícola Común (PAC) cuentan con más
de 45.000 millones de euros para el conjunto de los agricultores de la
Unión Europea. De ese importe, algo más de 5.500 millones de euros
corresponden a la agricultura española, afectando anualmente a más de
900.000 beneficiarios y supone más del 14 % de la Renta Agraria
El Real Decreto establece un plazo hasta el 30 de abril para que los
agricultores puedan presentar su solicitud única, detallando las
distintas fórmulas, requisitos, plazos y documentación a presentar.
En el mismo plazo los agricultores que deseen deberán solicitar la
asignación gratuita de los derechos procedentes de la reserva nacional.
En este aspecto se destaca a los agricultores considerados prioritarios
según el artículo 16 de la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el
desarrollo sostenible del medio rural.
La norma es sólo para dos años, el 2010 y el 2011. Para el 2012 se
desacoplarán más sectores, sólo quedarán acopladas las de la vaca
nodriza y la ayuda al algodón, por lo que se deberá aprobar otra norma.
Más de 840.000 agricultores recibirán comunicaciones de las CC.AA., con
los importes que se desacoplarán en el 2010, y que superan los 1.000
millones de euros, por lo tanto el Régimen de pago único en España
supone cerca de 4.600 millones de euros.
El resto son ayudas acopladas por superficie, por ganado y los pagos
establecidos en el artículo 69 del Reglamento de la UE del 2003 y en el
nuevo artículo 69 del Reglamento del 2009. Las dos primeras son fijas en
cumplimiento de la norma de la UE y las de los artículos 69 y 68,
suponen un margen de flexibilidad para España.
También se recogen las ayudas por superficie para las producciones de
proteaginosas, arroz, patata con destino fécula, frutos de cáscara,
semillas, algodón, tomates para la transformación (solo en 2010), y
remolacha azucarera. En relación con las ayudas por ganado se recogen
las de vaca nodriza y sacrificio de vacuno.
En los pagos por el artículo 69 se recogen el algodón, la remolacha y
caña de azúcar, las vacas nodrizas, el vacuno de calidad reconocida
oficialmente y el sector lácteo.
La principal novedad del Real Decreto aprobado hoy son los programas
dentro del marco del 69 del Reglamento del 2009, concretamente:
- Fomento de rotaciones de cultivo en tierra de secano (con un
presupuesto anual de 69.6 M- Calidad de las legumbres (1 M- Calidad del
tabaco (5.88 M- Ovino y caprino con denominación de producción de
calidad (7,2 M- Ovino y caprino con producción de carne para compensar
las desventajas específicas (26,2 M- Vacuno de leche para compensar las
desventajas específicas en zonas económicamente vulnerables o sensibles
(40,2 M- Productos lácteos en sistemas de calidad reconocidos (0,8 M
El cobro de las ayudas está sujeto al cumplimiento de la condicionalidad
(requisitos legales y buenas prácticas), así como a las retenciones por
modulación a los pagos superiores a los 5.000 euros.
Los fondos de estas ayudas son todas de origen comunitario y en España
están oportunamente complementados con otras líneas de actuación
financiadas con fondos nacionales de los Presupuestos Generales del
Estado, recogidas en otras normas en vigor.
Dada su gran importancia, hay que destacar que este texto se configura
como un ejercicio de revisión y consolidación de los pagos por la PAC.
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