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REDACCION.
7 de septiembre de 2005.-
El
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) ha elaborado la
Orden APA/2776/2005, que se publica hoy en el Boletín Oficial del
Estado (BOE), con nuevas modificaciones sobre las medidas específicas
de protección en relación con la lengua azul.
El Ministerio, tras
la confirmación de los últimos focos de esta enfermedad registrados en
agosto, ha modificado las zonas restringidas a fin de incluir, según
reza en la nueva Orden, las diversas comarcas veterinarias de las
provincias de Avila, Salamanca, Toledo y Ciudad real y la Comunidad de
Madrid. Asimismo, estable un régimen especial de movimientos de
animales de especies sensibles desde explotaciones situadas en un
radio de 20 kilómetros en torno a la explotación o explotaciones
afectadas.
ZONAS RESTRINGIDAS
Las zonas
restringidas son:
-La Comunidad
Autónoma de Illes Baleares, la Comunidad Autónoma de Extremadura, las
Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla.
-En la Comunidad
Autónoma de Andalucía: las provincias de Cádiz, Málaga, Huelva,
Sevilla y Córdoba y las comarcas veterinarias de Jaén y Andujar en la
provincia de Jaén.
-En la Comunidad
Autónoma de Castilla-La Mancha: las comarcas veterinarias de Oropesa,
Belvís de la Jara, Talavera de la Reina, Los Navalmorales, Almorox,
Gálvez, Mora, Toledo, Torrijos y Juncos, de la provincia de Toledo; y
las comarcas veterinarias de Horcajo de los Montes, Piedrabuena,
Almadén, Almodóvar del Campo y Malagón en la provincia de Ciudad Real.
-En la Comunidad
Autónoma de Castilla y León: las comarcas veterinarias de Candeleda,
Arenas de san Pedro y Sotillo de la Adrada, en la provincia de Avila;
y las comarcas veterinarias de Sequeros y Béjar en la provincia de
Salamanca.
-En la Comunidad de
Autónoma de Madrid: las comarcas veterinarias de Aranjuez, El
Escorial, Griñón, Navalcarnero y San Martín de Valdeiglesias. |