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EL GOBIERNO PONE LÍMITES A LAS SUSTANCIAS INDESEABLES EN LA ALIMENTACIÓN ANIMAL |
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Redacción, 15 de septiembre de 2009.- El Boletín Oficial del Estado (BOE) del pasado sábado, 12 de septiembre de 2009, publicó la Orden de Ministerio de la Presidencia PRE/2396/2009, de 8 de septiembre, por la que se modifica el anexo del Real Decreto 465/2003, de 25 de abril, sobre las "sustancias indeseables" en la alimentación animal.
La Orden señala que, entre estas
materias, figuran lasalocid de sodio,
narasina, salinomicina sodio, monensina
sódica, semduramicina sódica,
maduramicina amonio alfa, clorhidrato
robenidina, decoquinato, bromhidrato
halofuginona, nicarbacina y diclarzurilo.
Matiza que mediante esta orden se
incorpora al ordenamiento interno a
Directiva 2009/8/CE de la Comisión, de
10 de febrero de 2009, que modifica el
anexo I de la Directiva 2002/32/CE del
Parlamento Europeo y del Consejo, por lo
que respecta a los contenidos máximos de
coccidiostáticos o histomonostatos
presentes, como resultado de una
"transferencia inevitable" a los
piensos.
Para más información: http://www.revistafrisona.com/noticiasleyes/boe/leyes/20090912a.pdf
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