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El Diario Oficial de
la Unión Europea (DOCE) publicó el pasado14 de octubre la Decisión de
la Comisión de 13 de octubre (2006/693/CE) que modifica nuevamente la
Decisión 2005/393/CE que regula las condiciones que se han de aplicar
a los traslados de animales desde las zonas restringidas o a través de
ellas en relación con la fiebre catarral ovina.
A través de esta
última Decisión, la Comisión flexibiliza las restricciones al
movimiento de ganado para evitar una excesiva carga para los ganaderos
afectados por las restricciones. Así, Se permiten los traslados de
animales desde explotaciones afectadas por la prohibición de traslado
dentro de la zona restringida para su transporte directo a un
matadero. También, y en aras de la transparencia, se cumplirán las
excepciones a la prohibición de salida para los traslados internos de
animales destinados al sacrificio inmediato desde una zona restringida
dentro del territorio de un mismo Estado miembro, siempre y cuando los
resultados de la evaluación de riesgos sea favorable. Esta medida
también será aplicable para la salida de animales destinados
directamente a sacrifico en otro Estado miembro, siempre que este
último de su consentimiento.
Esta Decisión
2006/693/CE establece, en el caso del comercio intracomunitario de
esperma congelado, el no requerimiento del consentimiento previo al
traslado, del Estado miembro de destino, ya que las pruebas efectuadas
después de la recogida dan fe de que el animal donante no padece la
enfermedad.
Por otra parte, y
ante las últimas informaciones de nuevos casos en Francia y Alemania,
esta Decisión establece nuevas zonas restringidas en el territorio de
ambos países. |