EL BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO PUBLICA EL REAL DECRETO SOBRE LA REGULACIÓN DE LOS PIENSOS MEDICAMENTOSOS

 

Redacción, 21 de septiembre de 2009.-El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el pasado viernes el Real Decreto 1409/2009, de 4 de septiembre, por el que se regula la elaboración, comercialización, uso y control de los piensos medicamentoso. La Orden, que entró en vigor el pasado sábado, además regulará los requisitos de policía sanitaria.


La nueva regulación establece que sólo se permitirá la elaboración de piensos medicamentosos con premezclas medicamentosas (todo medicamento veterinario fabricado industrialmente con vistas a la elaboración de piensos medicamentosos) autorizadas de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1246/2008, por el que se regula el procedimiento de autorización, registro y farmacovigilancia de los medicamentos veterinarios fabricados industrialmente.

Además, señala que podrán elaborarse en España piensos medicamentosos con premezclas no autorizadas en España pero sí en el Estado miembro de destino, con destino a dicho Estado exclusivamente, previa comunicación a la autoridad competente y control de la misma.

 

También, indica que sólo se elaborarán piensos medicamentosos a partir de una sola premezcla medicamentosa, aunque matiza que podrán fabricarse piensos intermedios a partir de una sola premezcla medicamentosa y de uno o varios piensos destinados a la elaboración de piensos de utilización directa.

 

Detalla que también podrán elaborarse piensos medicamentosos a partir de más de una premezcla, previa prescripción y bajo responsabilidad del veterinario prescriptor.

 

Para más información: http://www.revistafrisona.com/noticiasleyes/boe/leyes/20090918a.pdf