|
Efeagro, 26 de abril de 2007.-
El Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación (MAPA) establecerá la vacunación obligatoria frente a
la lengua azul de los animales de las especies ovina y bovina en las
zonas restringidas, según se desprende del borrador de Orden
Ministerial que se publicará previsiblemente este sábado 27 de abril
en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
El borrador, al que ha tenido acceso
Efeagro, que fue analizado en una reunión conjunta entre
representantes del MAPA de las Comunidades Autónomas y el sector se
establece que la vacunación se llevará a cabo bajo supervisión
oficial y con las vacunas que suministre la Dirección General de
Ganadería a las Comunidades Autónomas de las zonas restringidas.
El texto dispone que dado que con el
calor se reinicia la actividad del mosquito culicoides, vector de
contagio de la lengua azul, pasan a ser restringidas las siguientes
zonas:
-
A partir del 1 de mayo las provincias
de Cádiz y Huelva, en Málaga la comarca veterinaria de Estepona, la
provincia de Badajoz, en Cáceres la comarca veterinaria de Plasencia,
en Ciudad Real la comarca veterinaria de Almadén. Además de las
comarcas veterinarias de Talavera de la Reina y Belvís de la Jara en
Toledo y en la provincia de Ávila las comarcas veterinarias de
Arenas de San Pedro y Candeleda.
-
A partir del 15 de mayo se considerarán
zonas restringidas a efecto de la lengua azul el resto de las
comarcas veterinarias de la provincia de Málaga, la provincia de
Córdoba y la provincia de Sevilla. Además del resto de las comarcas
veterinarias de la provincia de Cáceres, la comarca veterinaria de
Alcaraz en Albacete, el resto de comarcas veterinarias de Toledo, el
resto de las comarcas veterinarias de la provincia de Ciudad Real,
la comarca veterinaria de Sotillo de la Adrada en Ávila. También, se
incluyen como restringidas las comarcas veterinarias de Aranjuez,
Griñón, Navalcarnero, San Martín de Valdeiglesias y Villarejo de
Salvanés en Madrid.
-
A partir del 22 de mayo se considerarán
restringidas en la provincia de Jaén las comarcas veterinarias de
Andújar, Jaén, Alcalá la Real, Huelma, Úbeda, Linares y Santiesteban
del Puerto y en la provincia de Madrid las comarcas veterinarias de
Alcalá de Henares, Arganda del Rey, Colmenar Viejo, El Escorial,
Madrid y Torrelaguna. En las provincias de Ávila las comarcas
veterinarias de El Barco de Ávila, Cebreros, Las Navas del Marqués y
Navaluenga y en la de Salamanca las comarcas veterinarias de Béjar,
Ciudad Rodrigo y Sequeros serán restringidas a partir del 22 de
mayo.
La Orden señala, según el borrador, que
los animales vacunados deberán marcarse en el momento de la primera
vacunación con una marca auricular de color en la que figurará, al
menos, la leyenda "LA".
Las autoridades competentes en Sanidad
Animal de las Comunidades Autónomas llevarán a cabo un registro de
los animales vacunados, en los que, al menos, figurará el año/mes de
la primera vacunación y de sucesivas vacunaciones, el código de
explotación y la identificación individual de los animales, cuando
proceda.
|