El Ministerio autoriza las cesiones temporales de cuota láctea para el periodo 2012/2013
Mediante esta Orden se abre el plazo para la presentación de las solicitudes de autorización de las cesiones temporales de cuota pactada entre productores cedentes y productores adquirientes o cesionarios para el periodo de tasa 2012/20103. La apertura del plazo se inicia el 1 de abril de 2012 y finaliza el 28 de febrero de 2013, ambos inclusive.
Las cesiones que se autoricen estarán sujetas a las condiciones y limitaciones establecidas en el Real Decreto 347/2003, de 21 de marzo, dando derecho a los cesionarios a utilizar durante el período indicado la cantidad individual de referencia objeto de la cesión, como reza la Orden.
Los ganaderos que quieran solicitar estas cesiones temporales tendrán que dirigir sus solicitudes al órgano competente de la comunidad autónoma en donde radique la explotación del cedente, e incluirán, como mínimo, los datos y declaraciones que figuran en el anexo IX del Real Decreto 347/2003, de 21 de marzo, por el que se regula el sistema de gestión de la cuota láctea.