El BOE publica el real decreto de transición de ayudas de la PAC en 2021 y 2022
La norma se aplicará hasta que entre en vigor la reforma de la PAC
Efeagro.- El real decreto que regula las ayudas de la Política Agraria Común (PAC) durante el periodo de transición fijado entre 2021 y 2022 ha sido publicado este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
La norma del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), aprobada ayer por el Consejo de Ministros, establece las disposiciones específicas para aplicar en ese periodo una serie de decretos dictados para la aplicación en España de la PAC.
Quedan así definidos los pagos básicos a los agricultores; las ayudas a los productores que apliquen prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente; un pago suplementario para los jóvenes agricultores que comiencen su actividad agrícola; un régimen de ayuda asociada voluntaria; y un pago específico al cultivo del algodón.
También se regula un régimen simplificado para los pequeños agricultores, según la norma, que es aplicable en todo el territorio nacional, salvo en Canarias, donde rigen programas específicos.
Se establecen nuevos límites máximos presupuestarios para cada una de las ayudas, cálculos del valor medio regional y principios para aplicar una convergencia al valor de los derechos de pago básico hacia el valor medio regional correspondiente, entre otros asuntos.
La norma se aplicará durante dos años, ya que a partir de enero de 2023 se espera que entre en vigor la reforma de la PAC que están negociando las instituciones de la Unión Europea.
El Gobierno ha cifrado en 7.200 millones de euros anuales las ayudas que podrán percibir los agricultores y ganaderos españoles y, en el caso de los pagos directos, solo en 2021 se podrán abonar 4.860 millones a 680.000 productores.
El próximo 1 de febrero se abrirá el plazo para presentar la solicitud única de ayuda.
El real decreto flexibiliza las ayudas asociadas a la ganadería para facilitar el acceso a jóvenes ganaderos, también a aquellos que comienzan la actividad y presentan la solicitud única por primera vez.
Además, se prohíbe la recolección mecánica nocturna en los cultivos permanentes que presenten plantaciones intensivas en seto de porte alto, denso follaje y en los que se produzca la anidación o pernoctación de aves para su protección en las fechas que establezcan las comunidades autónomas.
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