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Redacción Revista Frisona
/ Categoría: Noticias

El BOE publica nuevas tasas para los controles de importación de productos animales


Redacción.- Este Real Decreto trata de integrar y actualizar la situación normativa actual respecto a esta tasa por controles de sanidad exterior realizados a carnes y productos de origen animal de países no comunitarios.

Según se describe en la ormativa,, para las carnes frescas, refrigeradas o congelas de bovino, porcino, ovino, caprino, equino, avícola, cunícola o cinegético, incluidos sus despojos y vísceras, contarán con un gravamen mínimo por control oficial de 55 euros por partida, hasta las 6 toneladas. A partir de esta cantidad, se aplicarán 9 euros por tonelada hasta las 46 toneladas o un mínimo de 420 euros por partida a partir de esta cantidad.

Estos mismos importes se establecen para los controles de entrada de los preparados cárnicos, los productos de la pesca y de la acuicultura y también otros de origen animal como los moluscos, los caracoles de tierra y ancas de rana, las grasas y aceites animales, la leche y productos lácteos, los huevos y ovoproductos y la miel.

En los casos de transportes con cargas heterogéneas, se aplicarán unas tasas mínimas de 600 por embarcación de hasta 500 toneladas; de 1.200 euros, hasta las 1.000 toneladas; de 2.400 euros, hasta las 2.000 toneladas y de 3.600 euros, para las que superen esta cantidad.

Asimismo, en el caso específico de productos de la pesca capturados en su medio natural y desembarcados directamente por un buque pesquero con pabellón de un país tercero se establecen unos mínimos de un euro por tonelada para las 50 de cada mes y 0,5 euros por toneladas a continuación.

En este Real Decreto también se estipulan unas tasas aplicables por el control oficial del tránsito de productos de origen animal por la Unión Europea, que queda fijado en 30 euros como mínimo al iniciarse el control, con un incremento de 20 euros por cada cuarto de hora y miembro del personal que intervenga en los controles.

Este Real Decreto entrará en vigor el próximo 13 de junio, es decir, dos meses después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Para ver este Real Decreto 601/2012:

http://www.boe.es/boe/dias/2012/04/13/pdfs/BOE-A-2012-5003.pdf

 

 

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