Gobierno sube a 75.000 euros el límite de ayudas en caso de vaciado sanitario
Efeagro.- El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un Real Decreto que actualiza esta normativa sobre la concesión de subvenciones para la repoblación de las explotaciones ganaderas que hayan tenido que sacrificar obligatoriamente cabezas de vacuna, ovino o caprino, ante la sospecha o la confirmación de enfermedades.
Según ha indicado el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente en un comunicado, alude a enfermedades como la tuberculosis o la brucelosis bovina, la brucelosis ovina y caprina, la lengua azul y las encefalopatías espongiformes transmisibles.
El Real Decreto incorpora la normativa comunitaria sobre compatibilidad de las subvenciones con otras ayudas de Estad y recoge entre sus novedades el citado incremento del límite de la subvención por explotación.
Para recibir estas ayudas, se establece el compromiso de los titulares de las explotaciones para mantener los animales objeto de ayuda, durante un periodo mínimo de dos años, y no proceder a la repoblación hasta que no haya transcurrido un periodo mínimo de cuarentena de 3 meses, con animales que provengan de explotaciones calificadas sanitariamente.
Financiadas por el Ministerio, las ayudas serán gestionadas por los órganos competentes de la Comunidad Autónoma donde se presente la solicitud. Ellos serán los encargados de realizar la convocatoria de las subvenciones, instruir el procedimiento, resolver y notificar las resoluciones y proceder al pago de las ayudas.