Modificadas las condiciones para el reconocimiento oficial de asociaciones de criadores de animales de raza
Redacción/MAGRAMA.- El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes el Real Decreto 714/20212, de 20 de abril, por el que se modifica la normativa vigente sobre el Programa Nacional de conservación, Mejora y Fomento de las razas ganaderas en materia de concurrencia de asociaciones para la gestión del libro genealógico de una raza.
Por ello, y reconociendo la posibilidad de que haya más de una asociación que legítimamente pretenda gestionar un libro genealógico de una misma raza, la nueva normativa elimina el número mínimo de animales y ganaderos afiliados a una segunda asociación, como condición para conceder o denegar el reconocimiento de la misma.
Se toma así en cuenta el hecho de que no todas las razas se encuentran en las mismas circunstancias censales, territoriales y genéticas, que pueden determinar las actuaciones para su mejor regulación y fomento.
Exceptuando esta modificación, para el reconocimiento de más de una asociación para la misma raza, se deben tener en consideración el resto de los requisitos establecidos, sin poner en peligro su conservación, ni comprometer la viabilidad del programa de mejora existente y demás obligaciones que deben cumplir las asociaciones para garantizar una correcta gestión de la raza.
Para ver esta Orden del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (MAGRAMA):
http://www.revistafrisona.com/Legislación.aspx