Sistema unificado de información del sector lácteo
FEGA.- El sistema contendrá:
- El registro de todos los primeros compradores que operen en el sector lácteo en España
- La información de todos los contratos entre primeros compradores y productores en el sector lácteo, de conformidad con el Real decreto 1363/2012, de 28 de septiembre, por el que se regula el reconocimiento de las organizaciones interprofesionales en el sector lácteos y se establecen las condiciones de contratación
- La información de las declaraciones obligatorias en el sector lácteo.
Este real decreto entró en vigor el 1 de abril de 2015, y en el mismo se establece la obligatoriedad de presentar declaraciones de leche a los siguientes agentes:
- Todos los primeros compradores de leche cruda de vaca, oveja, o cabra que adquieran leche a productores. Periodicidad mensual.
- Todos los ganaderos que realicen venta directa de leche y/o productos lácteos en la explotación. Periodicidad anual.
Y la obligatoriedad de declarar los contratos suscritos entre primeros compradores y ganaderos a través del sistema unificado del sector lácteo para:
- Todos los primeros compradores que adquieran leche a productores, respetando el plazo establecido en el artículo 16 del real decreto 1363/2012, de 28 de septiembre, y siempre antes de comenzar la entrega de leche objeto del contrato.
Información completa y acceso al sistema informático de declaraciones
http://www.fega.es/PwfGcp/es/regulacion_mercados/declaraciones-de-leche/index.jsp
Enlace al sistema informático de declaraciones de entregas en el sector lácteo y contratos.