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El BOE publica el real decreto que limita el tamaño de las granjas de vacuno a 725 vacas de leche
Redacción Revista Frisona

El BOE publica el real decreto que limita el tamaño de las granjas de vacuno a 725 vacas de leche

Para un desarrollo armónico y ordenado del sector basado en la sostenibilidad

Efeagro.-  El BOE ha publicado este jueves el real decreto 1053/2022, aprobado en el Consejo de Ministros del pasado martes, que ordena el sector vacuno y determina, entre otras disposiciones, el tamaño de las granjas, con un máximo de 850 unidades de ganado (el equivalente a unas 725 vacas de leche).

La norma regula, además, la ordenación zootécnica y sanitaria de las explotaciones en cuanto a la capacidad productiva máxima, las condiciones mínimas de infraestructura, equipamiento y manejo, ubicación, bioseguridad, bienestar animal, condiciones higiénico-sanitarias y requisitos medioambientales.

También determina las obligaciones que permitan un "eficaz y correcto desarrollo de la actividad ganadera en el sector bovino", conforme a la normativa vigente en materia de higiene, sanidad animal, identificación y registro, bienestar, medio ambiente y cambio climático.

Según detalló el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, el real decreto tiene el "objetivo de conseguir un desarrollo armónico y ordenado del sector, basado en la sostenibilidad en todas sus acepciones y el mantenimiento del tejido productivo en el medio rural, evitando la deslocalización"

El sector bovino ocupa la segunda posición tras el sector porcino, en cuanto a importancia económica de las producciones ganaderas: la producción de leche y carne de vacuno representa más del 30 % de la producción final ganadera en España.

Desde el Ministerio recordaron que la "evolución del sector en los últimos años, su importante componente social y su elevada profesionalización e internacionalización, unidos a los nuevos retos en materia medioambiental, de bioseguridad y de bienestar animal", han hecho necesario el desarrollo de una norma básica estatal que "reúna todos estos aspectos".

En el texto, se establece una diferenciación entre los requisitos para las granjas de nueva instalación y las ya existentes, que dispondrán de un período transitorio para el cumplimiento de determinados requisitos cuando sea necesario.

Clasifica las granjas en función de su tamaño, al objeto de modular las exigencias, de forma que el grueso de las granjas ya existentes de carácter familiar no vea comprometida su competitividad en términos de costes adicionales, ha añadido el Ministerio. 

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