El Gobierno regula el registro de explotaciones de titularidad compartida
Redacción.- Este registro, recogido en al artículo 7 de la Ley 35/2011, establece la creación del mismo en el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (MAGRAMA), en el que se recogerán las declaraciones de titularidad compartidas y sus variaciones recibidas por las comunidades autónomas, como medida dirigida a hacer efectiva la igualdad entre mujeres y hombres en el sector agrario y conseguir el pleno reconocimiento del trabajo de las mujeres en el ámbito rural.
Asimismo, la Ley 45/2007 de 13 de diciembre para el desarrollo sostenible del medio rural establece que el Gobierno promoverá el régimen de cotitularidad de bienes, derechos y obligaciones en el sector agrario y la correspondiente protección de la seguridad social.
En el registro deberán aparecer la identificación de los cotitulares con sus nombres y apellidos y números de identificación fiscal respectivos, así como la identificación de la explotación y el número de identificación fiscal de la titularidad compartida. Cada tres meses las comunidades comunicarán al MAGRMA los datos facilitados por los cotitulares y así como sus variaciones, a los efectos de su constancia en el registro..
El registro se adscribirá a la Dirección General de Desarrollo Rural y Política Forestal del MAGRAMA, según detalla la Orden que entra en vigor mañana.
Para ver esta Orden AAA/1408/2012:
http://www.boe.es/boe/dias/2012/06/29/pdfs/BOE-A-2012-8677.pdf