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Medidas excepcionales en materia de zootecnia
Redacción Revista Frisona

Medidas excepcionales en materia de zootecnia

El objetivo de las presentes Directrices es facilitar la aplicación de los programas de cría y el control de rendimientos en las razas puras

MAPA.- El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a través de la Dirección General de Producciones y Mercados Ganaderos, ha publicado con fecha del 26 de marzo, una serie de directrices por las que se aprueban medidas excepcionales en materia de zootecnia durante el estado de alarma como consecuencia de la situación de crisis sanitaria provocada por el COVID-19.

El objetivo de estas directrices es facilitar la aplicación de los Programas de Cría y el control de rendimientos en las razas puras en las actuales condiciones de restricción de movimientos y actividad por el estado de alarma.

La gran mayoría de los operadores que actúan con las razas ganaderas, tanto ganaderos, como asociaciones de criadores, Centros de genética, Laboratorios o Centros Autonómicos de Control de Rendimiento Lechero han tenido que suspender o disminuir su actividad, que abarca, entre otras, el registro y calificación de los animales y la recogida de información productiva y de muestras para su posterior análisis.

Según indican las presentes directrices, se evitarán los desplazamientos y visitas de campo para actividades previstas en los Programas de cría. Igualmente, las asociaciones y demás operadores intentarán reorganizar las actuaciones zootécnicas y los trámites sobre razas ganaderas, aplazando visitas y ofreciendo, en la medida de sus posibilidades, alternativas que garanticen el cumplimento del Programa de Cría en lo que afecte a la pureza racial y la evaluación genética. 

En el caso del control lechero oficial, se permite bajo determinadas condiciones el autocontrol para el rendimiento lechero, para la cantidad de leche producida por parte de los ganaderos que cuenten con los medios técnicos para llevarlo a cabo y su remisión telemática al Centro Autonómico de Control Lechero, y en su caso la recogida y envío de muestras de leche para la realización de análisis cualitativos en los Laboratorios de Control de Rendimiento Lechero, siempre que se cumplan los requisitos que se especifican en el documento adjunto.

También se permite que el Centro Autonómico de Control de Lechero estime de forma provisional los datos cuantitativos y cualitativos de los controles faltantes a consecuencia de la aplicación del Estado de Alarma, aunque estos superen el número máximo de controles y analíticas faltantes permitido por la Resolución de 22 de octubre de 2013 de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios. 

Para el bovino de leche se amplía el plazo para el primer control hasta el día 95 post-parto.

Estas medidas estarán en vigor mientras se mantenga el estado de alarma declarado mediante el Real Decreto 463/2020 o sus prórrogas, pudiendo ser revisadas en función de la situación sanitaria.

- Directrices en materia de Zootecnia ante el Estado de Alarma
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