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El MAPA saca a consulta pública la norma sobre los controles oficiales en materia de bienestar animal
Redacción Revista Frisona

El MAPA saca a consulta pública la norma sobre los controles oficiales en materia de bienestar animal

La consulta se hará desde el 23 de junio hasta el 13 de julio en la web del MAPA

Remitido.- El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) ha iniciado este miércoles el periodo de consulta pública del proyecto de real decreto que tiene por objeto la aplicación en España de la normativa de la Unión Europea sobre controles oficiales en materia de bienestar animal.Esta nueva norma aglutina varias modificaciones de la normativa actual y establece algunos aspectos novedosos para la mejora de los mecanismos de control oficial, según ha detallado el Ministerio.

La consulta se desarrollará desde el 23 de junio hasta el 13 de julio en la web del MAPA: 

https://www.mapa.gob.es/es/ganaderia/participacion-publica/rd_bienestar_animal_varios.aspx

Este proyecto forma parte del conjunto de iniciativas legislativas que, en el marco del Plan Estratégico Nacional para la aplicación de la Política Agraria Común (PAC) y de los compromisos del Gobierno con la mejora del bienestar de los animales de producción, se completarán a lo largo de 2022.

En virtud del nuevo real decreto se establecerá una red de puntos de contacto para el intercambio de información entre las autoridades responsables y asegurar la coherencia y eficacia de los controles.

También se constituye la mesa nacional de coordinación sobre la protección de los animales para fines agrarios y para la acuicultura.

Al igual que en otros países, como Francia e Italia, se crea la figura del Centro de Referencia de Bienestar Animal para dar apoyo científico al Ministerio.

Los titulares de las granjas tendrán que tener un plan de bienestar animal para su explotación, que ya es obligatorio en el caso del porcino intensivo y de las aves de corral.

De esta forma, antes de empezar su actividad, podrán adoptar las medidas necesarias para asegurar el cumplimiento de la normativa vigente, que deberán quedar reflejadas por escrito.

Asimismo se amplía la información de la cadena alimentaria para que el servicio veterinario oficial del matadero disponga de todos los datos necesarios sobre los animales y poder completar la declaración obligatoria en caso de sacrificio de urgencia.

En el caso del ganado porcino, se introducen cambios específicos para evitar que el corte de las colas se realice de forma rutinaria.

Se exigen mejoras sobre el número de comederos y bebederos, el control de los gases ambientales (amoniaco, dióxido de carbono), el material manipulable, y se establece una disminución de la densidad ganadera.

Además, se fijan los requisitos necesarios para garantizar el intercambio de información entre el matadero y la producción primaria, con el fin de que el veterinario de la explotación pueda adoptar las medidas necesarias y asegurar el bienestar en las granjas, según los resultados de los controles oficiales.

Se mejora asimismo la redacción de la normativa sobre terneros menores de seis meses y se modifican todos los reales decretos sobre protección de animales en las granjas (general, terneros, gallinas ponedoras, cerdos, pollos de carne), a fin de adecuarlos a la normativa comunitaria en cuanto a los plazos para el envío de los informes con los resultados de los controles, y otros aspectos técnicos administrativos.

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